Canal de denuncias
El Canal de Denuncias se pone a disposición de las personas informantes que trabajen en el sector privado o público y que hayan obtenido información sobre infracciones en un contexto laboral o profesional, en los términos previstos en el artículo 3 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Anonimato
El informante podrá optar por realizar la comunicación de manera confidencial (indicando el nombre y la información de contacto) o, si se desea, de forma 100% anónima.
Se garantiza que todas las comunicaciones se tratan de forma confidencial y segura.
Asuntos relacionados con RRHH
Los asuntos relativos a conflictos interpersonales no deberán ser comunicados a través de este sistema, sino que deberán ser tratados con el departamento de RRHH.
Denuncias de mala fe
Las personas que realicen denuncias con ánimo de venganza, de acosar moralmente, de causar un perjuicio laboral o profesional o de lesionar el honor de las personas implicadas o de un tercero, podrán ser sancionadas disciplinariamente.
Crear comunicaciones y realizar seguimiento de comunicaciones realizadas
Desde esta página, puede realizar una nueva comunicación o hacer un seguimiento de una comunicación existente introduciendo la contraseña generada al momento de realizar la comunicación.
El seguimiento de sus comunicaciones puede ser relevante por numerosas razones:
1) Desea ver el estado de su comunicación.
2) Desea proporcionar información adicional a su comunicación.
3) Los administradores del sistema le solicitaron dar información adicional para ayudarlos a resolver el problema o tomar la acción apropiada.